2008
| Seleccionar la mejor oferta para contratar el consultor que desarrolle el análisis técnico, costo-beneficio, de la implementación del modelo técnico ya definido para la Ventanilla Única de Registro –VUR-, así como los estudios técnicos de viabilidad y diseño preliminar de los procesos simplificados a incorporar en el modelo de Ventanilla Única de Registro VUR, en lo relativo a: i) posible prestación de servicios de mesa de ayuda y call center nacional centralizados y ii) administración de base de datos de paz y salvo por concepto de administración con la copropiedad para predios sujetos al régimen de propiedad horizontal. |
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| La Superintendencia de Notariado y Registro, requiere seleccionar la mejor oferta para contratar la prestación del servicio de interventoría al contrato para el Diseño, Adquisición, Implementación e Integración de una Infraestructura Tecnológica de Gestión Documental ajustada a los procesos misionales, archivísticos y estándares de Tecnología de Información y Comunicaciones (TIC’s) de la Administración Pública y de la Superintendencia de Notariado y Registro. |
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| Definición de un modelo informático que soporte el componente tecnológico de la estrategia de simplificación de trámites de la Ventanilla Única de Registro VUR. El modelo implicará el levantamiento de requerimientos en software, hardware y comunicaciones, necesarios para el desarrollo de un Portal Nacional Único de Registro y el acceso a las bases de datos de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos para las consultas que resulten pertinentes en las transacciones de compra-venta simple. |
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| El artículo 217 del Decreto 960 de 1970 establece que la Superintendencia de Notariado y Registro, con el fin de capacitar y especializar a los notarios y sus empleados, organizarápor si, o con la colaboración de la Escuela Judicial y de universidades, escuelas o establecimientos públicos, cursos de capacitación, técnica y jurídica. |
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| La superintendencia de notariado y registro, requiere contratar los servicios especializados en interventoría técnica y administrativa que supervise la correcta ejecución del contrato de outsourcing operativo, cuyo objeto es la prestación de las siguientes líneas de servicio: A) Comunicaciones B) Datacenter Principal C) Datacenter alterno – Disaster Recovery D) Mesa de Ayuda E) Hosting del portal institucional F) Hosting de correo electrónico G) el desarrollo y consolidación de un sistema de registro integral. |
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| El contratista se obliga para con la Superintendencia de Notariado y Registro a prestarle servicios de asesoría profesional especializada para el diseño, estructuración, implementación, contratación y manejo del programa de seguros, y la prestación de servicios asociados, tales como prevención de pérdidas, administración de riesgos y manejo de siniestros, para cumplir con su obligación legal de mantener debidamente asegurados sus bienes e intereses asegurables y aquellos por los que sea o llegare a ser responsable. |
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| En ejercicio de las facultades legales en especial la conferida en el artículo 1 de la Resolución 0603 de 17 de Febrero de 2004, mediante la cual se delegó la capacidad de ordenadora del gasto contenida en el articulo 13.8 del Decreto 412 de 2007, en el artículo 20.7 del citado Decreto en concordancia con lo dispuesto en los artículos 4 y 8 del Decreto reglamentario 2474 de 2008 |
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| En ejercicio de las facultades legales en especial la conferida en el artículo 1 de la Resolución 0603 de 17 de Febrero de 2004 |
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| En ejercicio de las facultades legales en especial la conferida en el artículo 1 de la Resolución 06903 de 17 de Febrero de 2004, mediante la cual se delegó la capacidad de ordenadora del gasto contenida en el articulo 13.8 del Decreto 412 de 2007, en el artículo 20.7 del citado Decreto en concordancia con lo dispuesto en los artículos 4 y 8 del Decreto reglamentario 2474 de 2008, |
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| Los presentes Pliegos de Condiciones contienen los parámetros, directrices e información que debe ser de obligatoria consideración por los proponentes. Se regirá por las normas y decretos reglamentarios contenidos en la Ley 1150 de 2007, el Decreto reglamentario 2474 del 2008, la Ley 80 de 1993 y sus Decretos reglamentarios. La información suministrada aquí, no eximirá al proponente de la responsabilidad de verificar mediante investigaciones independientes, aquellas condiciones susceptibles de afectar el costo y la realización de la misma. |
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