En las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos Principales o Seccionales del país; se realizan los siguientes trámites:
- Registro de Instrumentos Públicos
- Certificado de Tradición y Libertad
- Devolución de Dineros por Concepto de Derechos de Registro o Certificados no Expedidos
| El trámite está regulado por los artículos 37 del Decreto 1250 de 1970, 15 del Decreto 650 de 1996 y la Resolución Número 5123 de 2000 de la Superintendencia de Notariado y Registro. |
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| Se expiden de manera inmediata en aquellas oficinas de registro sistematizadas y en otras que no se encuentran en estas condiciones en período que no supera el día siguiente. |
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| Registro de transferencias y transmisiones de dominio sobre bienes inmuebles tales como: compraventa, dación en pago, donación, pertenencias, expropiación, permuta, fusión, transacción, sucesión. En general actos o contratos que impliquen constitución, declaración, aclaración, modificación. |
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