
- El proceso de apostilla garantiza la legalidad de los documentos que los ciudadanos pretendan utilizar en el exterior.
Bogotá D.C., julio 7 de 2025 – SNR – Entre junio de 2024 y mayo de 2025, un total de 427.155 apostillas fueron tramitadas por intermedio de las 920 notarías que funcionan en el país. Las declaraciones extraproceso, la legalización de registros civiles de nacimiento y los permisos de salida para menores fueron los de mayor prevalencia.
“Este logro se debe a la optimización del proceso, con el que se busca garantizar la legalidad y la validez de los documentos que vayan a ser presentados fuera del país”, asegura la superintendente Delegada para el Notariado, Isabella Andrea Hernández Aranda.
De acuerdo con la funcionaria, es un avance en el conocimiento, la legalidad y la agilidad en los trámites. “Todo, gracias al trabajo conjunto de la Superintendencia de Notariado y Registro y el Ministerio de Relaciones Exteriores, con el valioso apoyo de las notarías, como facilitadoras”, agrega.
Más fácil, más rápido
Es importante resaltar que, en caso de que necesiten que un documento formalizado por un notario produzca efectos en el exterior, los ciudadanos interesados deben solicitar, ante cualquiera de los 920 despachos notariales que operan en el país, que el documento en mención sea remitido a la Cancillería, con fines de apostilla.
Este, además, debe contar con la firma digital del notario y ser cargado en la plataforma dispuesta para tal fin por la Supernotariado. Se trata de una herramienta informática, que facilita la correcta integración del procedimiento notarial con el sistema de apostilla y legalización en línea de documentos como las escrituras públicas, los permisos de salida de menores, los poderes, el registro civil de defunción, el registro civil de matrimonio y el registro civil de nacimiento, entre otros.
Una vez realizado todo el trámite y el documento quede firmado digitalmente, puede ser visualizado y descargado para revisión del Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante un código de identificación que debe ser entregado al ciudadano.
“Es fundamental aclarar que la fecha de la firma digital es la que se tiene en cuenta como fecha de validación del documento. Esto implica que, para esa fecha, el servidor público encargado debe estar en ejercicio de sus funciones y, por lo tanto, autorizado para firmar los documentos que sean de su competencia”, puntualiza la Superintendente Delegada para el Notariado.
Por último, la Cancillería y la SNR recuerdan a los colombianos que pueden acceder a este servicio cualquier día, a cualquier hora, desde cualquier lugar del mundo. No necesitan intermediarios ni presentarse en ninguna de las etapas del procedimiento. El producto final es una apostilla o una legalización electrónica (depende del país de destino), emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Para más información ingrese a: www.supernotariado.gov.co

