Superintendencia de Notariado y Registro

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Inspección Vigilancia y Control a la Gestión Catastral

Nuestra Área

La Superintendencia de Notariado y Registro a través de su delegada para el Registro, verifica que los Gestores Catastrales cumplan con la reglamentación expedida por el IGAC en todos y cada uno de los procesos que adelantan. La Delegada para el Registro, como parte de su función de inspección, requiere información puntual a los Gestores Catastrales con el propósito de establecer el cumplimiento del régimen jurídico y las condiciones generales de la prestación del servicio.  

Si tienes alguna petición, queja o reclamo sobre la intervención en tu municipio por parte de Gestores y Operadores, te invitamos a utilizar nuestros canales (LINK a PQRSD de la entidad

Jornadas de atención al usuario

«La Superintendencia Delegada para el Registro con asignación de funciones de Inspección, Vigilancia y Control al ejercicio de la Gestión Catastral, adelantó varias jornadas de atención al usuario en diferentes municipios de Cundinamarca, con el ánimo de recepcionar sus inquietudes relacionadas con el servicio público catastral. De igual manera se instruyó a la comunidad frente a la competencia y alcance de esta Delegada.» 

Dar clic aquí para ver las Jornadas de atención en Cundinamarca

Con el propósito de superar las demoras identificadas a lo largo de la ejecución del catastro en nuestro país, y teniendo como derroteros los planteamientos hechos a lo largo del documento CONPES 3951 de 2018, se dio inició a la implementación de la política pública de Catastro Multipropósito, con el objeto de darle al catastro tradicional un enfoque “Multipropósito” a partir de su integración no solo con el sistema de registro de la propiedad inmueble, sino también con su interrelación con las demás herramientas del ordenamiento territorial, para así lograr la actualización de la información física, jurídica y económica de los predios en Colombia, y convertir al catastro en la principal herramienta para la priorización de la inversión pública y un mecanismo para la garantía de las funciones económicas, sociales y ambientales de la propiedad.

El primer paso para la modernización del catastro fue la transformación de la gestión catastral en un servicio público, a partir de la expedición de la Ley 1955 de 2019 “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, y consecuencia natural de ello, el ejercicio de la inspección, vigilancia y control sobre el mismo en los términos del artículo 189 de la Constitución Política, función que le fue atribuida a la Superintendencia de Notariado y Registro, y es desarrollada al interior de esta entidad por la Superintendencia Delegada para el Registro, en atención a la asignación de funciones hecha, a través de la Resolución 0621 de 2020, en los siguientes términos:

  1. Ejercer las funciones de inspección, vigilancia y control al ejercicio de la gestión catastral que adelantan todos los sujetos encargados de la gestión catastral que adelantan todos los sujetos encargados de la gestión catastral como son, los gestores y operadores catastrales, así como de los usuarios de este servicio, de conformidad con los artículos 79,81 y 82 de la Ley 1955 de 2019.
  2. Ejercer la potestad sancionatoria respecto a los gestores y operadores del servicio público de catastro, así como de los usuarios de este, de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019, siguiendo el procedimiento administrativo general previsto en el Titulo III de la Ley 1437 de 2011 o la norma que la modifique o sustituya.
  3. Imponer las medidas preventivas necesarias para evitar de manera transitoria la continuación de un hecho, la realización de una actividad o la existencia de una situación que presuntamente atente contra el régimen catastral, en cumplimiento de las funciones de inspección, vigilancia y control en el ejercicio de la gestión catastral y de acuerdo con la potestad sancionatoria descrita.
  4. Atender las peticiones, quejas, reclamos y demás solicitudes que se realicen, relacionadas con las funciones de inspección, vigilancia y control al ejercicio de la gestión catastral, en coordinación con la Oficina de Atención al Ciudadano.

Por otra parte, la Superintendencia Notariado y Registro a la par del ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control funge como coejecutora de la política, siendo su principal responsabilidad proveer la información que hace parte del Sistema de Información Registral.

En términos generales le corresponde a la Superintendencia Delegada para el Registro velar por el cumplimiento del régimen jurídico aplicable a la gestión catastral y por ende la adecuada prestación del servicio público catastral, por quienes intervienen en él – Gestores y Operadores Catastrales – e inclusive los usuarios del mismo, para ello se ha dispuesto al interior de la Superintendencia Delegada para el Registro de un equipo de profesionales, que se encarga del diseño y la implementación de las herramientas para el ejercicio de la inspección, vigilancia y control al servicio público catastral, atendiendo no solo a la naturaleza administrativa de estas funciones, sino al alcance dado a las mismas no solo en la Ley 1955 de 2019, sino también en el Decreto 148 de 2020 que adicionó el Decreto 1170 de 2015 Único del Sector Administrativo de Información Estadística.

Son sujetos pasivos de la inspección, vigilancia y control del servicio público catastral:

  • Gestores Catastrales: Son las entidades públicas del orden nacional o territorial, así como los esquemas asociativos de entidades territoriales, que hayan sido habilitadas por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) según la reglamentación dispuesta para tal efecto, así como el IGAC por excepción. De igual manera, se consideran gestores catastrales, los catastros descentralizados y delegados titulares de la gestión catastral. Así mismo, es gestor catastral la Agencia Nacional de Tierras en los términos del artículo 80 de la Ley 1955 de 2019. Los gestores catastrales, independientemente de su jurisdicción, podrán prestar el servicio público catastral en cualquier parte del territorio nacional.
  • Operadores catastrales: Son las personas jurídicas, de derecho público o privado que, mediante contrato suscrito con uno o varios gestores catastrales, desarrollan labores operativas que sirven de insumo para adelantar los procesos de formación, actualización y conservación catastral, así como los procedimientos del enfoque catastral multipropósito que sean adoptados, conforme a la regulación que para el efecto expida el Gobierno nacional. Los requisitos de idoneidad y las condiciones de contratación de los operadores catastrales serán los señalados por las normas que regulen la materia.
  • Usuarios: Son aquellas personas naturales o jurídicas que ostenten la condición de propietarios, ocupantes, tenedores o poseedores, titulares de derechos reales, o quien tenga cualquier relación táctica o jurídica con el predio.

Vigilancia-En el marco de la vigilancia al servicio público catastral, le corresponde a la Superintendencia de Notariado y Registro de velar porque los gestores, operadores y usuarios cumplan con sus funciones y obligaciones de acuerdo con lo dispuesto en el ordenamiento jurídico, esta vigilancia está orientada principalmente a funciones de advertencia, prevención y orientación. Para tal fin, la Superintendencia de Notariado y Registro podrá instruir, orientar, requerir, ordenar, establecer planes de mejoramiento, practicar visitas, revisiones, entre otras.

Inspección-Con ocasión de la inspección le corresponde a la Superintendencia de Notariado y Registro establecer de manera general el cumplimiento del régimen jurídico aplicable al servicio público de gestión catastral, para ello podrá requerir información; visitar; instruir y orientar la manera en que se debe cumplir e interpretar el régimen jurídico aplicable a la gestión catastral.

Control-Consiste en la facultad con que cuenta la Superintendencia de Notariado y Registro, no solo de adelantar procedimientos administrativos sancionatorios en contra de los sujetos pasivos, cuando se determine el mérito para ello, sino también de adoptar medidas preventivas y correctivas para evitar o superar los efectos de la comisión de infracciones al régimen catastral.

En el marco de las funciones Inspección, Vigilancia y Control a la prestación del servicio público catastral, se informa a la comunidad que durante la vigencia 2023 el Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC habilitó y entregó la prestación del servicio público catastral en los siguientes municipios:  

A los cuales se les dará a conocer la normatividad vigente para el cumplimiento del régimen jurídico catastral para la adecuada prestación del servicio público.

Son aquellas actuaciones a cargo de los gestores catastrales para la adecuada conformación del inventario o censo de los bienes inmuebles del territorio nacional, de dominio público o privado, independiente de su tipo de tenencia, que permita entre otros propósitos la identificación física, jurídica y económica de los mismo con base en criterios técnicos y objetivos, a través de los procesos de formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral.

El costo de los trámites a cargo de los Gestores Catastrales debe ser consultado directamente en la página web de cada gestor.

La gestión catastral es un servicio público que comprende el conjunto de operaciones técnicas y administrativas necesarias para el desarrollo adecuado de los procesos de formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral, por medio de los cuales se logra la identificación y mantenimiento permanente de la información física, jurídica y económica de los bienes inmuebles del país. La gestión catastral tiene implícito el enfoque multipropósito, el cual contribuye en la conformación de un sistema catastral integral, completo, actualizado, confiable, consistente con el registro de la propiedad inmueble, digital e interoperable con otros sistemas de información del territorio.

  • Conpes 3958 Estrategia para la implementación de la política pública de Catastro multipropósito.
  • Resolución 1100 del 10 de agosto de 2021 Por medio de la cual se asigna el prefijo del código homologado de identificación predial (CH) por municipio y se realiza la entrega de las series del código homologado de identificación predial (CH) a los gestores catastrales
  • Resolución 1149 del 19 de agosto de 2021- Por medio de la cual se actualiza la reglamentación técnica de la formación, actualización, conservación y difusión catastral con enfoque multipropósito.
  • Resolución 388 de 2020 “Por la cual se establecen las especificaciones técnicas para los productos de información generados por los procesos de formación y actualización catastral con enfoque multipropósito.”
  • Resolución 471 de 2020 “Por medio de la cual se establecen las especificaciones técnicas mínimas que deben tener los productos de la cartografía básica oficial de Colombia”
  • Resolución 789 de 2020 “Por la cual se establecen los criterios básicos de atención al ciudadano, de calidad del servicio, de protección al usuario, de interoperabilidad tecnológica, de reporte de información en el Sistema Nacional de Información Catastral (SINIC), de gestión documental y regula el proceso de empalme.”
  • Resolución Conjunta SNR No. 11344 IGAC No. 1101 de 2020 “Por medio de la cual se establecen los lineamientos para la aplicación de los procedimientos catastrales con efectos registrales, la corrección y/o inclusión de cabida en procesos de ordenamiento social de la propiedad, y la corrección de área y/o linderos mediante escrituras aclaratorias.”
  • Instrucción Administrativa 13 del 17 de julio de 2020
  • Instrucción Administrativa 17 del 13 de noviembre de 2020
  • Ley 1955 de 2019 Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022 ‘Pacto por Colombia, pacto por la equidad’
  • Ley 1753 de 2015 “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país”
  • Decreto 1170 de 2011, adicionado por los Decretos 1983 de 2019 y Decreto 148 de 2020 reglamentarios de los artículos 79, 80, 81 Y 82 de la Ley 1955 de 2019.
  • Resolución 70 de 2011 “Por la cual se reglamenta técnicamente la formación catastral, la actualización de la formación y la conservación catastrales.”
  • Resolución 1055 de 2012 “Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 70 del 4 de febrero de 2011”
  • Ley 14 de 1983 “Por la cual se fortalecen los fiscos de las entidades territoriales y se dictan otras disposiciones”

Resoluciones de habilitación comunicadas por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi:

  • Resolución 95 del 09 de febrero 2021
  • Resolución 96 de 09 de febrero de 2021
  • Resolución 202 del 31 de marzo de 2021
  • Resolución 214 del 09 de abril de 2021
  • Resolución 249 del 03 de mayo de 2021
  • Resolución 341 del 10 de junio de 2021
  • Resolución 494 del 02 de julio de 2021
  • Resolución No 1448 del 23 de septiembre de 2021 -Habilita como Gestor catastral municipio de Sahagún Córdoba
  • Resolución No 1415 del 10 de septiembre de 2021 – Habilita como gestor catastral al municipio de Girardot – Cundinamarca
  • Resolución No 1224 del 3 de septiembre de 2021 “Por medio de la cual se habilita como gestor catastral al municipio de Sabanalarga-Atlántico y se dictan otras disposiciones”
  • Resolución No 1204 del 27 de agosto de 2021-Habilita como gestor catastral a la ASOMUNICIPIOS y se dictan otras disposiciones
  • Resolución 307 del 12 de marzo de 2020
  • Resolución 377 del 02 de abril de 2020
  • Resolución 602 del 15 de junio de 2020
  • Resolución 727 del 12 de agosto de 2020
  • Resolución 765 del 27 de agosto de 2020
  • Resolución 766 del 28 de agosto de 2020
  • Resolución 787 del 09 de septiembre de 2020
  • Resolución 800 de 15 de septiembre de 2020
  • Resolución 937 de 03 de noviembre 2020
  • Resolución 1057 de 16 de diciembre 2020
  • Resolución 1030 de 10 de diciembre de 2020
  • Resolución 937 de 2019
  • Resolución 1267 de2019
  • Resolución 1556 de 2019

 

  1. ¿Qué es el Catastro Multipropósito?

Es una herramienta implementada por el Gobierno Nacional que permitirá que la información catastral interopere con la información del registro público de la propiedad inmueble, así como con otros sistemas de información del territorio, para lograr la actualización de la información física jurídica y económica de los predios del país.

  1. ¿Qué papel desempeña la Superintendencia de Notariado y Registro en la implementación de la política pública del Catastro Multipropósito?

Son dos los papeles de la SNR en la puesta en marcha del Catastro Multipropósito, uno desde su implementación como garante del Registro Público de la Propiedad, suministrando la información sobre los derechos de la propiedad para que hagan parte del componente jurídico del Catastro Multipropósito.

Por otra parte, producto de la transformación de la Gestión Catastral en un servicio público, se le asignaron las funciones de Inspección, Vigilancia y Control -IVC- a la SNR para que a partir de la expedición de la Ley 1955 de 2019, velara por el cumplimiento del régimen jurídico aplicable al servicio público de gestión catastral, no solo de sujetos encargados de la gestión catastral, es decir gestores y operadores catastrales, sino de los usuarios, estos son las personas naturales o jurídicas que ostenten la calidad de propietarios, ocupantes, tenedores o poseedores, titulares de derechos reales o tenga cualquier relación fáctica o jurídica con el predio.

  1. ¿Qué es el servicio público catastral?

Comprende el conjunto de operaciones técnicas y administrativas necesarias para el desarrollo adecuado de los procesos de formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral, por medio de los cuales se logra la identificación y mantenimiento permanente de la información física, jurídica y económica de los bienes inmuebles del país, y tiene implícito el enfoque multipropósito.

  1. ¿En qué consiste el proceso de formación catastral?

Actividades orientadas a identificar por primera vez la información catastral -física, jurídica y económica- de la totalidad de los predios que conforman el territorio o en parte de él.

  1. ¿En qué consiste el proceso de actualización catastral?

Actividades orientadas a introducir los cambios o corregir las inconsistencias en la información catastral (física, jurídica y económica) durante un período determinado, la Ley 14 de 1983, prevé que sea como mínimo cada cinco años, y sirve de base para el cálculo del predial.

  1. ¿En qué consiste el proceso de conservación catastral?

Actividades orientadas a mantener vigente la base catastral de forma permanente, mediante la inscripción de los cambios que sufra la información de un bien inmueble en sus características físicas, jurídicas o económicas. La conservación catastral podrá realizarse a solicitud de parte o de oficio.

  1. ¿En qué consiste el proceso de difusión catastral?

Actividades que tienen por objeto el uso, la disposición y el acceso a la información catastral, así como la generación de insumos que contribuyan a la planeación y gestión de los territorios.

  1. ¿Quién regula la prestación del servicio público catastral?

El instituto Geográfico Agustín Codazzi en -IGAC- en su condición de máxima autoridad catastral.

  1. ¿Quiénes prestan el servicio público catastral?

La prestación del servicio público catastral está a cargo de aquellas entidades públicas del orden nacional o territorial, así como los esquemas asociativos de entidades territoriales que se habiliten para ello ante el Instituto Geográfico Agustín Codazzi.

Fueron habilitados como gestores catastrales directamente por la Ley 1955 de 2019 el Instituto Geográfico Agustín Codazzi -IGAC-, Agencia Nacional de Tierras –ANT-, el Catastro Departamental Antioquia, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, la Subdirección de Catastro de Cali, la Gerencia de Catastro Barranquilla y Subsecretaria de Catastro de Medellín.

  1. ¿Dónde puedo consultar la información sobre los Gestores catastrales?

Consultado la página de internet del Instituto Geográfico Agustín Codazzi –

https://igac.gov.co/es/catastro-multiproposito/inicio

     11.¿Quiénes son los operadores catastrales?

Son personas jurídicas públicas o privadas, que a través de un contrato con uno o varios gestores catastrales desarrollan labores operativas que sirven de insumo para adelantar los procesos de formación, actualización y conservación catastral, así como los procedimientos del enfoque catastral multipropósito que sean adoptados.

    12.¿Quién al interior de la SNR está a cargo de las funciones de IVC a la prestación del servicio público catastral?

Mediante la Resolución 621 del 28 de enero de 2020 el Superintendente de Notariado y Registro le asignó a la Superintendencia Delegada para el Registro las funciones de inspección, vigilancia y control a la prestación del servicio público catastral.

13.¿Cuáles son los canales de atención de la SNR?

14.¿Quiénes son sujetos pasivos de las funciones IVC que ejerce la SNR?

Son sujetos de la inspección, vigilancia y control por parte de la SNR los gestores, los operadores catastrales, y los usuarios entendidos como los propietarios, ocupantes, tenedores o poseedores, titulares de derechos reales y en general quienes ostente una relación fáctica o jurídica con el predio.

15.¿En qué consiste la función de inspección a la prestación del servicio público catastral?

La función de inspección a la prestación del servicio público catastral comprende la verificación general del cumplimiento del régimen jurídico aplicable a la gestión catastral, permitiéndole a la SNR no solo requerir información, sino también realizar visitas de carácter general, e instruir y orientar la manera como se debe cumplir e interpretar el referido régimen jurídico.

16.¿En qué consiste la función de vigilancia a la prestación del servicio público catastral?

La función de vigilancia a la prestación del servicio público catastral se refiere a la verificación del cumplimiento del ordenamiento jurídico en el desarrollo puntual de los procesos y procedimientos propios de la gestión catastral, para lo cual la SNR podrá revisar actuaciones específicas y establecer planes de mejoramiento.

17.¿En qué consiste la función de control a la prestación del servicio público catastral?

La función de control a la prestación del servicio público catastral busca evitar, superar y sancionar la comisión de las infracciones al régimen catastral de acuerdo con lo previsto en los artículos 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 y la Ley 1437 de 2011.

18.¿La SNR puede conocer y sancionar a los sujetos pasivos por hechos ocurridos con anterioridad a la expedición de la ley que le dio dicha función?

No, como quiera que fue la Ley 1955 de 2019 la que introdujo en el ordenamiento jurídico colombiano la potestad sancionatoria a cargo de la SNR, respecto de las infracciones al régimen establecido en el artículo 81 ibidem, sin que previo a ello existiera un estatuto sancionatorio en el marco de la prestación de un servicio público, por lo que la aplicación retroactiva de dichas disposiciones, reñiría con los principios de legalidad y seguridad jurídica contenidos en el artículo 29 constitucional, que orienta las actuaciones administrativas.

19.¿Cuáles son las infracciones al régimen de prestación de servicio público de gestión catastral para los gestores y operadores catastrales?

Las infracciones en lo que a los gestores y operadores catastrales se refiere, de acuerdo con lo previsto en el artículo 81 de la Ley 1955 de 2019, son:

– No brindar la información solicitada por el IGAC

– No cumplir con los lineamientos para el suministro y consolidación de la información

 – Realizar modificaciones al SINIC, o la herramienta tecnológica que haga sus veces, sin los soportes documentales requeridos

– No cargar la información, o cargarla de manera incompleta, o no veraz, al SINIC o la herramienta tecnológica que haga sus veces

 – Retrasar injustificadamente la validación de documentos en SINIC, o la herramienta tecnológica que haga sus veces

 – Efectuar modificaciones catastrales extemporáneas

 – Exigir requisitos adicionales

 – Realizar modificaciones catastrales sin los respectivos soportes

 – No entregar de manera adecuada y oportuna la información sobre los trámites de la gestión catastral a los ciudadanos

 – No ejercer la Gestión Catastral a pesar de haber sido habilitado por el IGAC

 – Aplicar inadecuadamente o no aplicar los lineamientos técnicos dados por el IGAC

 – Incumplir las disposiciones contenidas en la Ley 1955 de 2019, las demás que la adicionen, modifiquen, complementen o reglamenten; la regulación que expida el IGAC, las instrucciones y órdenes de la SNR

 – Presentar desactualización injustificada de la gestión catastral

20.¿La desatención de las orientaciones e instrucciones dadas por la SNR constituye una infracción al régimen catastral?

Si, al respecto es claro el numeral 13 del artículo 81 de la Ley 1955 de 2019 en señalar que el incumplimiento no solo de la regulación del IGAC, sino también de las instrucciones y órdenes de la SNR es considerado como una infracción, y por ende habría lugar a la imposición de una sanción.

21.¿Cuáles son las infracciones al régimen de prestación de servicio público de gestión catastral para los particulares?

En el caso de los propietarios, ocupantes, tenedores o poseedores, titulares de derechos reales y en general quienes ostentan una relación fáctica o jurídica con el predio, las infracciones al régimen catastral se refieren al incumplimiento de los deberes que se relacionan a continuación:

-No permitir la entrada de los operadores del catastro a las diferentes unidades prediales cuando se les requiera.

 -No suministrar información veraz y útil

-No participar en las actividades derivadas del proceso de gestión catastral multipropósito

-No solicitar la anotación, modificación o rectificación de la información predial de su interés

22.¿Qué tipo de sanciones puede imponer la SNR?

Las sanciones que pueden ser impuestas por la SNR son:

  • Multa entre veinticinco 25 y 241.645 Unidades de Valor Tributario -UVT-, para esta vigencia las multas podrían oscilar entre $ 907.700 y $8.773.646.660
  • Suspensión temporal de la habilitación en todas o algunas de las actividades que comprenden el servicio de gestión catastral.
  • Revocatoria de la habilitación como gestor catastral.

23.¿Cuál es el régimen sancionatorio respecto de los gestores catastrales?

En caso de que un gestor catastral incurra en una de las infracciones previstas en el artículo 81 de la Ley 1955 de 2019, podrá ser sancionado con multa de 25 a 241.645 UVT -para esta vigencia las multas podrían oscilar entre $ 907.700 y $8.773.646.660 – suspensión temporal de la habilitación en todas o algunas de las actividades que comprenden el servicio de gestión catastral o revocatoria de la habilitación como gestor catastral.

24.¿Cuál es el régimen sancionatorio respecto de los operadores catastrales?

En caso de que un operador incurra en una de las infracciones previstas en el artículo 81 de la Ley 1955 de 2019, podrá ser sancionado con multa de 25 a 241.645 UVT, para esta vigencia las multas podrían oscilar entre $ 907.700 y $8.773.646.660

25.¿El ejercicio de la IVC a la prestación del servicio público catastral implica la revisión técnica de la labor de los gestores catastrales?

Si, la revisión técnica de la labor de los gestores catastrales está inmersa en las labores de vigilancia, pues estas comprenden la verificación del cumplimiento del ordenamiento jurídico en el desarrollo puntual de los procesos y procedimientos propios de la gestión catastral.

26.¿Cuándo se suspende o revoca la habilitación de un gestor catastral, quien debe asumir esa labor?

Cuando del ejercicio de la función de control a cargo de la SNR la sanción sea la de suspensión o revocatoria de la gestión catastral, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi -IGAC- asumirá temporalmente su ejercicio hasta cuando se habilite un nuevo gestor catastral, directamente o a través de un tercero.

27.¿La SNR será la encargada de validar la idoneidad de los operadores catastrales contratados por los gestores catastrales?

No, esta validación está a cargo de los gestores catastrales en el marco del proceso que adelanten para la contratación del operador, sin perjuicio de la verificación que haga la SNR de la validación hecha por los gestores en ese momento.

28.¿Los operadores catastrales tienen que hacer algún tipo de registro ante la Superintendencia?

No, sin embargo, a partir de la información que reporten los gestores catastrales sobre la contratación de operadores, con ocasión de la Instrucción Administrativa No 13 del 17 de julio de 2020, la SNR creará un Baco de Datos de Operadores Catastrales, con el propósito, entre otros, de identificar los sujetos de inspección, vigilancia y control.

29.¿Cuál es el marco normativo de la IVC a la prestación servicio público catastral?
Los artículos 79, 80, 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019, le atribuyó a la SNR las funciones de inspección vigilancia y control a la prestación del servicio público catastral, norma reglamentada por el Decreto 148 de 2020 que adicionó el Decreto 1170 de 2011 “Decreto Reglamentario Único del Sector Administrativo de Información Estadística”, en la que se precisó el alcance de estas funciones.

Catastro: Es el inventario o censo de los bienes inmuebles localizados en el territorio nacional, de dominio público o privado, independiente de su tipo de tenencia, el cual debe estar actualizado y clasificado con el fin de lograr su identificación física, jurídica y económica con base en criterios técnicos y objetivos.

Catastro Multipropósito: Sistema basado en el predio, que contiene o integra los componentes físicos, jurídicos, económicos y materiales, para usos múltiples. Entre los fines más relevantes sobresalen: la gestión pública multisectorial, la formalización y seguridad jurídica de la propiedad inmueble, la transparencia y agilidad del mercado de tierras, la eficiencia en la gestión fiscal, la interoperabilidad entre sistemas de información y la disposición de información para la habilitación espacial de la sociedad.

Enfoque multipropósito: Es aquel que involucra otras variables de información que van más allá de la información física, económica y jurídica, que lo convierten en un insumo fundamental en la formulación e implementación de diversas políticas públicas, contribuyendo a brindar una mayor seguridad jurídica, la eficiencia del mercado inmobiliario, el desarrollo y el ordenamiento territorial, integrada con el registro público de la propiedad inmueble, digital e interoperable con otros sistemas de información del territorio.

Documento CONPES: Son documentos que contienen la hoja de ruta para la implementación de políticas en materia económica y social, expedidos por Consejo Nacional de Política Económica y Social — CONPES —.

Gestores catastrales: Son las entidades públicas del orden nacional o territorial, así como los esquemas asociativos de entidades territoriales, que hayan sido habilitadas por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) según la reglamentación dispuesta para tal efecto, así como el IGAC por excepción. De igual manera, se consideran gestores catastrales, los catastros descentralizados y delegados titulares de la gestión catastral. Así mismo, es gestor catastral la Agencia Nacional de Tierras en los términos del artículo 80 de la Ley 1955 de 2019. Los gestores catastrales, independientemente de su jurisdicción, podrán prestar el servicio público catastral en cualquier parte del territorio nacional.

Información física: Corresponde a la representación geométrica, la identificación de la cabida, los linderos y las construcciones de un inmueble. La identificación física no implica necesariamente el reconocimiento de los linderos del predio in situ.

Información jurídica: Identificación de la relación jurídica de tenencia entre el sujeto activo del derecho, sea el propietario, poseedor u ocupante, con el inmueble.

Información económica: Corresponde al valor o avalúo catastral del inmueble. El avalúo catastral deberá guardar relación con los valores de mercado.

Operadores catastrales: Son las personas jurídicas, de derecho público o privado que, mediante contrato suscrito con uno o varios gestores catastrales, desarrollan labores operativas que sirven de insumo para adelantar los procesos de formación, actualización y conservación catastral, así como los procedimientos del enfoque catastral multipropósito que sean adoptados, conforme a la regulación que para el efecto expida el Gobierno nacional. Los requisitos de idoneidad y las condiciones de contratación de los operadores catastrales serán los señalados por las normas que regulen la materia.

Ordenamiento territorial: El ordenamiento territorial es un instrumento de planificación y de gestión de las entidades territoriales y un proceso de construcción colectiva de país, que se da de manera progresiva, gradual y flexible, con responsabilidad fiscal, tendiente a lograr una adecuada organización político administrativa del Estado en el territorio, para facilitar el desarrollo institucional, el fortalecimiento de la identidad cultural y el desarrollo territorial, entendido este como desarrollo económicamente competitivo, socialmente justo, ambientalmente y fiscalmente sostenible, regionalmente armónico, culturalmente pertinente, atendiendo a la diversidad cultural y físico geográfica de Colombia.

Proceso de formación catastral: Es el conjunto de actividades destinadas a identificar, por primera vez, la información catastral en la totalidad de los predios que conforman el territorio o en parte de él.

Proceso de actualización catastral: Conjunto de actividades destinadas a identificar, incorporar o rectificar los cambios o inconsistencias en la información catastral durante un período determinado. Para la actualización catastral podrán emplearse mecanismos diferenciados de intervención en el territorio, tales como métodos directos, indirectos, declarativos y colaborativos, así como el uso e integración de diferentes fuentes de información que den cuenta de los cambios entre la base catastral y la realidad de los inmuebles. En ningún caso, para actualizar la información de un área geográfica, será obligatorio adelantar levantamiento catastral en la totalidad de inmuebles.

Proceso de conservación catastral: Es el conjunto de acciones tendientes a mantener vigente la base catastral de forma permanente, mediante la incorporación de los cambios que sufra la información de un bien inmueble. La conservación catastral podrá realizarse a solicitud de parte o de oficio, para lo cual, los gestores catastrales deberán adoptar los mecanismos de interoperabilidad con las demás entidades productoras de información oficial.

Proceso de difusión catastral: Son las actividades tendientes al uso, disposición y acceso a la información catastral, así como la generación de insumos que contribuyan a la planeación y gestión de los territorios. En todo caso, se deberá garantizar la protección y custodia de la información conforme a las disposiciones de protección de datos.

Registro de la propiedad inmueble: Servicio público prestado por el Estado por funcionarios denominados Registradores de Instrumentos Públicos, que a través de un Sistema de Información administran y dan publicidad a los derechos reales sobre bienes inmuebles.

Servicio público de la gestión catastral: La gestión catastral es un servicio público que comprende el conjunto de operaciones técnicas y administrativas necesarias para el desarrollo adecuado de los procesos de formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral, por medio de los cuales se logra la identificación y mantenimiento permanente de la información física, jurídica y económica de los bienes inmuebles del país. La gestión catastral tiene implícito el enfoque multipropósito, el cual contribuye en la conformación de un sistema catastral integral, completo, actualizado, confiable, consistente con el registro de la propiedad inmueble, digital e interoperable con otros sistemas de información del territorio.

En el marco de las inspección, vigilancia y control a la Gestión Catastral la SDR se encarga de atender las peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias relacionadas con la prestación del servicio público catastral, en coordinación con la Oficina de Atención al Ciudadano.

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1IGAC – Instituto Geográfico Agustín CodazziTodos aquellos municipios en los que no se haya habilitado o contrato otro Gestor Catastral.direccion@igac.gov.cohttps://igac.gov.co/es/catastro-multiproposito/inicio
contactenos@igac.gov.co
2ANT – Agencia Nacional de TierrasÁrea rural de las zonas estratégicas definidas por el MADRjuridica.ant@ant.gov.cohttps://www.ant.gov.co/
atencionalciudadano@agenciadetierras.gov.co
3Gerencia de Catastro Departamento de AntioquiaDepartamento de Antioquia a excepción de Medellín. Abejorral, Abriaquí, Alejandría, Amagá, Amalfi, Andes, Angelópolis, Angostura, Anorí, Anza, Apartadó, Arboletes, Argelia, Armenia, Belén De Bajirá, Belmira, Betania, Betulia, Briceño, Buriticá, Cáceres, Caicedo, Caldas, Campamento, Cañasgordas, Caracolí, Caramanta, Carepa, Carolina, Caucasia, Chigorodó, Cisneros, Ciudad Bolívar, Cocorná, Concepción, Concordia, Dabeiba, Don Matías, Ebéjico, El Bagre, Entrerríos, Fredonia, Frontino, Giraldo, Gómez Plata, Granada, Guadalupe, Guarne, Guatapé, Heliconia, Hispania, Itagüí, Ituango, Jardín, Jericó, La Pintada, La Unión, Liborina, Maceo, Montebello, Murindó, Mutatá, Nariño, Nechí, Necoclí, Olaya, Peñol, Peque, Pueblorrico, Puerto Berrío, Puerto Nare, Puerto Triunfo, Remedios, Sabanalarga, Salgar, San Andrés, San Carlos, San Francisco, San Jerónimo, San José De La Montaña, San Juan De Urabá, San Luis, San Pedro, San Pedro De Urabá, San Rafael, San Roque, Santa Bárbara, Santa Rosa De Osos, Santafé De Antioquia, Santo Domingo, Segovia, Sonsón, Sopetrán, Támesis, Tarazá, Tarso, Titiribí, Toledo, Turbo, Uramita, Urrao, Valdivia, Valparaíso, Vegachí, Venecia, Vigía Del Fuerte, Yalí, Yarumal, Yolombó, Yondó y Zaragozanotificacionescatastro@antioquia.gov.cohttps://www.catastroantioquia.co/
rudy.quiceno@antioquia.gov.co
rauldavid.espinosa@antioquia.gov.co
4Unidad Administrativa especial de Catastro Distrital BogotáZona rural y urbana de Bogotá, Santa de Rosa de Cabal, Palmira y Cartagenanotificaciones@catastrobogota.gov.cohttps://www.catastrobogota.gov.co/
gvillamarin@catastrobogota.gov.co
5Subdirección de Catastro Municipal de CaliZona rural y urbana de Calicontactenos@cali.gov.cohttps://www.cali.gov.co/catastro/
despacho.catastro@cali.gov.co
info.catastro@cali.gov.co
6Municipio de Barranquilla Zona rural y Urbana de Barranquilla.dmantilla@barranquilla.gov.cohttps://www.barranquilla.gov.co/hacienda/catastro-mas-facil
mfloreza@barranquilla.gov.co
7Subsecretaría de Catastro de MedellínZona rural y Urbana de Medellín atencion.ciudadana@medellin.gov.cohttps://www.medellin.gov.co/irj/portal/medellin/certificados-catastrales
8Área Metropolitana centro Occidente -AMCO- Zona rural y urbana de Dos Quebradas, la Virginia y Pereiradirector@amco.gov.cohttps://www.amco.gov.co/publicaciones/108/catastro-multiproposito/
juridicacatastro@amco.gov.co
subdireccioncatastro@amco.gov.co
9Área metropolitana de Bucaramanga – AMB Zona rural y urbana de Bucaramanga, Floridablanca, Piedecuesta y Girón info@amb.gov.cohttps://www.amb.gov.co/catastro/
info.catastro@amb.gov.co
secretaria.direccion@amb.gov.co
10Departamento del Valle del CaucaZona rural y urbana de Alcalá, Ansermanuevo, Argelia, Bolívar, Candelaria, Cartago, Dagua, El Águila, El Cairo, El Dovio, Florida, San Juan Bautista de Guacarí, La Cumbre, La Victoria, Obando, Pradera, Restrepo, Roldanillo, Sevilla, Toro, Versalles, Yumbo, Trujillo y Tuluá.contactenos@valledelcauca.gov.cohttps://www.valledelcauca.gov.co/uaec/
catastrovalle@valledelcauca.gov.co
dlvanegas@valledelcauca.gov.co
11MASORA – Asociación de Municipios del Altiplano del Oriente AntioqueñoZona rural y urbana de los municipios del Guarne, El Carmen de Viboral, El Retiro, El Santuario, San Vicente de Ferrer, Manizales y Medio Baudó.comunicaciones@masora.gov.cohttps://masora.gov.co/catastro/
juridica.catastro@masora.gov.co
12Municipio de Soacha, Cundinamarca Zona rural y urbana del municipio de Soacha y Tenjogestorcatastral@alcaldiasoacha.gov.cohttps://catastroavanza.com.co/soacha/
contactenos@alcaldiasoacha.gov.co
lgalindo@alcaldiasoacha.gov.co
13Área Metropolitana de Barranquilla – AMBQZona rural y urbana de los municipios de Malambo, Galapa y Puerto Colombia notijudiciales@ambq.gov.cohttps://www.ambq.gov.co/
gestorcatastral@ambq.gov.co
jmolina@ambq.gov.co
14Departamento de Cundinamarca Albán,  Anapoima, Anolaima, Apulo, Arbeláez, Bituima, Cachipay, Cáqueza, Carmen de Carupa, Chaguaní, Chipaque, El Colegio, El Peñón, El Rosal, Facatativá, Fómeque, Fosca, Fúquene, Gachalá, Gama, Granada, Guaduas, Guatavita, Guayabal de Síquima, Guayabetal, Jerusalén, Junín, La Mesa, La Palma, La Peña, Lenguazaque, Manta, Medina, Nariño, Nemocón, Nimaima, Nocaima, Paime, Pandi, Paratebueno, Pasca, Pulí, Qubradanegra, Quetame, Quipile, San Antonio del Tequendama, San Cayetano, San Juan de Rioseco, Sasaima, Silvania, Subachoque, Supatá, Susa, Sutatausa, Tausa, Tena, Tibacuy, Tibirita, Tocaima, Ubalá, Ubaté, Une, Venecia, Vergara, Viani, Villagómez, Villapinzón, Villeta, Viotá Yacopí, Zipacón, Gachetá, Cucunubá, Ubaque, Cogua y Guachetá notificaciones.judiciales@acc.gov.cohttps://www.cundinamarca.gov.co/home/!ut/p/z1/04_Sj9CPykssy0xPLMnMz0vMAfIjo8zifTzdTTw8DYz8LMwtzQ0Cg_w8TMOCg3zMTI30wwkpiAJKG-AAjgZA_VGElHjpR6Xn5CdBXOOYl2Rska4fVZSallqUWqRXWgQUzigpKSi2UjVQNSgvL9dLz89Pz0nVS87PVTXApiUjv7hEPwJVpX5BboSBblRSZbmjoiIAXlPubA!!/dz/d5/L2dBISEvZ0FBIS9nQSEh/
contactenos@cundinamarca.gov.co
15Municipio de Fusagasugá, CundinamarcaZona rural y urbana del municipio de Fusagasugácoord.juridica.gcm@fusagasugacundinamarca.gov.cohttps://catastro.fusagasuga.gov.co/
gestioncatastral@fusagasugacundinamarca.gov.co
16Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta Zona rural y urbana del Distrito de Santa Martahacienda@santamarta.gov.cohttps://www.santamarta.gov.co/
catastromultiproposito@santamarta.gov.co
notificacionesalcaldiadistrital@santamarta.gov.co
17Municipio de San José de CúcutaZona rural y urbana de San José de Cúcutacatastro@cucuta.gov.cohttp://www.cucuta-nortedesantander.gov.co/
subsec.catastral@cucuta.gov.co
didier.iscala@cucuta.gov.co
18Área Metropolitana del Valle de Aburra – AMVZona rural y urbana de Barbosa, Bello, Copacabana, Girardota y La Estrellagestion.catastro@metropol.gov.cohttps://www.metropol.gov.co/administrativa-financiera/Paginas/gestion-catastral/servicios.aspx
john.yepes@metropol.gov.co
notificacion.judicial@metropol.gov.co
19Municipio de Rionegro, Antioquia Zona rural y urbana de Rionegro, Antioquiahramirez@rionegro.gov.cohttps://rionegro.gov.co/
splaneacion@rionegro.gov.co
catastro@rionegro.gov.co
20Municipio de Sincelejo, SucreZona rural y urbana del municipio de Sincelejodireccioncatastro@sincelejo.gov.cohttps://www.alcaldiadesincelejo.gov.co/Paginas/default.aspx
hacienda@sincelejo.gov.co
21Municipio de Sesquilé, CundinamarcaZona rural y urbana del municipio de Sesquiléalcaldia@sesquile-cundinamarca.gov.cohttps://catastro-multiproposito-sesquile.hub.arcgis.com/
sec.hacienda@sesquile-cundinamarca.gov.co
22Municipio de Zipaquirá, CundinamarcaZona rural y urbana del municipio de Zipaquirá, Cajicá y Sopósecretariadehacienda@zipaquira-cundinamarca.gov.cohttps://www.zipaquira-cundinamarca.gov.co/
gestion.catastral@zipaquira.gov.co
23Municipio de Envigado, AntioquiaZona rural y urbana del municipio de Envigadocatastroenvigado@envigado.gov.cohttps://www.envigadoteinforma.gov.co/ catastro/
carlos.alzate@envigado.gov.vo
planeacion2@envigado.gov.co
24Municipio de Jamundí, Valle del CaucaZona rural y urbana del municipio de Jamundí y Calima del Dariéncontactenos@jamundi.gov.cohttps://www.jamundi.gov.co/Paginas/default.aspx
catastro@jamundi.gov.co
informes.hacienda@jamundi.gov.co
25Municipio de Armenia, QuindíoZona rural y urbana del municipio de Armenia notificacionesjudiciales@armenia.gov.cowww.armenia.gov.co
catastro@armenia.gov.co
subcatastro@armenia.gov.co
26Municipio de Sabaneta, AntioquiaZona rural y urbana del municipio de Sabanetacatastro@sabaneta.gov.cohttps://www.sabaneta.gov.co/
dir.catastro@sabaneta.gov.co
secre.alcaldia@sabaneta.gov.co
27Municipio de Neiva, HuilaZona rural y urbana del municipio de Neivaalcaldia@alcaldianeiva.gov.cohttps://www.alcaldianeiva.gov.co/NuestraAlcaldia/Dependencias/Paginas/Direccion-de-Gestion-Catastral.aspx
gestion.catastral@alcaldianeiva.gov.co
28Municipio de Valledupar, CesarZona rural y urbana del municipio de Valleduparcatastrovalledupar@gmail.comhttp://www.valledupar-cesar.gov.co/Paginas/default.aspx
alcaldia@valledupar-cesar.gov.co
hacienda@valledupar-cesar.gov.co
29Municipio de Ibagué, TolimaZona rural y urbana del municipio de Ibaguétramitescatastro@ibague.gov.cohttps://ibague.gov.co/portal/index.php
notificaciones_judiciales@ibague.gov.co
catastromultiproposito@ibague.gov.co
30Asociación de Municipios del Catatumbo Provincia de Ocaña y Sur del Cesar -ASOMUNICIPIOSDoce (12) de los municipios que lo conforman como son: Ábrego, Bucarasica, Cáchira, Convención, El Carmen, El Tarra, Hacarí, La Playa de Belén, San Calixto, Sardinata, Teorama y Río de Oro.comunicaciones@asomunicipios.gov.cohttps://asomunicipios.gov.co
gestionadministrativa@asomunicipios.gov.co
31Municipio de Sabanalarga, AtlánticoZona rural y urbana del municipio de Sabanalarga – Atlánticoalcaldia@sabanalarga-atlantico.gov.cohttp://www.sabanalarga-atlantico.gov.co/
sechacienda@sabanalarga-atlantico.gov.co
32Municipio de Girardot, CundinamarcaZona rural y urbana del municipio de Girardot – Cundinamarcadespacho@girardot-cundinamarca.gov.cohttps://www.girardot-cundinamarca.gov.co/Paginas/Inicio.aspx
gestioncatastral@girardot-cundinamarca.gov.co
oficinadeplaneacion@girardot-cundinamarca.gov.co
33Municipio de Sahagún – CórdobaZona rural y urbana del municipio de Sahagún – Córdobaplaneacion@sahagun-cordoba.gov.cowww.sahagun-cordoba.gov.co
hacienda@sahagun-cordoba.gov.co
info@gesccol.gov.co
34Municipio de Garzón – HuilaZona rural y urbana del municipio de Garzón – Huilaalcaldia@garzon-huila.gov.cohttp://www.garzon-huila.gov.co/idea/impuesto-catastral
hacienda@garzon-huila.gov.co
director.catastrogarzon@gmail.com
catastro.garzonhuila@gmail.com
35Municipio de Chiriguaná – CesarZona rural y urbana del municipio de Chiriguaná – Cesaralcaldia@chiriguana-cesar.gov.cohttp://www.chiriguana-cesar.gov.co/
notificacionjudicial@chiriguana-cesar.gov.co
36Municipio de Cota – CundinamarcaZona rural y urbana del municipio de Cota – Cundinamarcadespacho@alcaldiacota.gov.cohttps://www.cota-cundinamarca.gov.co/Paginas/default.aspx
notificaciones@alcaldiacota.gov.co
ventanillacatastrocota@alcaldiacota.gov.co
37Municipio de Florencia – CaquetáZona rural y urbana del municipio de Florencia – Caquetá despacho@florencia-caqueta.gov.cohttps://www.florencia-caqueta.gov.co/
secplaneacion@florencia-caqueta.gov.co
catastro@florencia-caqueta.gov.co
38Municipio de Villavicencio – MetaZona rural y urbana del municipio de Villavicencio – Metaplaneacion@villavicencio.gov.cohttps://www.villavicencio.gov.co/
fernandel.alfonso@villavicencio.gov.co
catastroyespaciopublico@villavicencio.gov.co
39Distrito Especial, Portuario, Industrial, Turístico y Biodiverso de Barrancabermeja – SantanderZona rural y urbana del municipio de Barrancabermejaomar.prada@barrancabermeja.gov.cohttps://www.barrancabermeja.gov.co/
secretariageneral@barrancabermeja.gov.co
40Municipio de Marinilla – AntioquiaZona rural y urbana del municipio de Marinilla – Antioquiacatastro@marinilla-antioquia.gov.cohttp://www.marinilla-antioquia.gov.co/
41Municipio de Soledad – AtlánticoZona rural y urbana del municipio de Soledad – Atlánticosecretariageneral@soledad-atlantico.gov.co  http://www.soledad-atlantico.gov.co/
alcaldia@soledad-atlantico..gov.co
42Municipio de Málaga – SantanderZona rural y urbana del municipio de Málaga – Santandercontactenos@malaga-santander.gov.cowww.malaga-santander.gov.co
secreplaneacion@malaga-santander.gov.co
43Municipio de Chiquinquirá – BoyacáZona rural y urbana del municipio de Chiquinquirá – Boyacácatastromultiproposito@chiquinquira-boyaca.gov.cohttps://www.chiquinquira-boyaca.gov.co/Paginas/default.aspx
planeacionyobraspublicas@chiquinquira-boyaca.gov.co
 Banco de Operadores Catastrales por Gestor». 
Nombre Gestor OPERADORESCantidad de Operadores reportados
IGAC – Instituto Geográfico Agustin Codazzi1. TELESPAZIO ARGENTINA S.A.
2. ARBITRIUM S.A.S.
3. SERESCO S.A SUCURSAL EN COLOMBIA
3
Gerencia de Catastro Departamento de Antioquia1. TOPOCARTO S.AS
2. AMOCCIDENTE
3. AMUNORTE
4. MASORA
5. VALOR + S.A.S
6. INSTITUCION UNIVERSITARIA COLEGIO MAYOR DE ANTIOQUIA
7. CONSORCIO AERO-BAT
8. CONSORCIO CARTOGRAFIA MUNICIPIOS DE ANTIOQUIA
8
Subsecretaría de Catastro de Medellín1. JORGE ELIECER GAITAN – INGENIERIA CONSULTORIA Y VALORACION S.A.S.
2. GRUPO TX S.A.S.
3. INSTITUCION UNIVERSITARIA COLEGIO MAYOR DE ANTIOQUIA
4. GEOPROYECCIONES S.A.S
5. INSTITUCION TECNOLOGICO METROPOLITANO – ITM
6. ONE SYSTEM S.A.S.
6
Área Metropolitana centro Occidente -AMCO- 1. Unidad administrativa especial de catastro Distrital – UAECD1
Departamento del Valle del Cauca1. Sociedad de Avances Tecnológicos para el desarrollo del Departamento del Valle Del Cauca – VALLE AVANZA SAS1
Municipio de Soacha – Cundinamarca1. CATASTRO AVANZA S.A.S1
Área Metropolitana de Barranquilla – AMBQ1. CINTELI COLOMBIA S. A. S.
2. MASORA –  Asociación de Municipios del Altiplano del Oriente Antioqueño
2
Departamento de Cundinamarca 1. EMPRESA INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS LOGISTICOS DE CUNDINAMARCA
2. Unidad administrativa especial de catastro Distrital – UAECD
2
Municipio de Fusagasugá – Cundinamarca1. CONSORCIO CONSULTORES 20221
Distrito Turistico, Cultural e Histórico de Santa Marta 1. EMPRESA DISTRITAL DE DESARROLLO Y RENOVACION URBANO SOSTENIBLE DE SANTA MARTA – EDUS1
Aréa Metropolitana del Valle de Aburra – AMVA1. INSTITUCION UNIVERSITARIA COLEGIO MAYOR DE ANTIOQUIA
2. CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE SERVICIOS – CIS
3. ONE SYSTEM S.A.S.
3
Municipio de Rionegro – Antioquia 1. EMPRESA DE DESARROLLO SOSTENIBLE DEL ORIENTE – EDESO1
Municipio de Sincelejo – Sucre1. Area Metropolitana de Barranquilla – AMBQ1
Municipio de Sesquile – Cundinamarca1. KASAY INGENIERIA S.A.S.1
Municipio de Zipaquirá – Cundinamarca1. EMPRESAS PÚBLICAS DE ZIPAQUIRÁ – EPZ- E.S.P1
Municipio de Envigado – Antioquia1. BCGS (BUSINESS CADASTRAL GEOGRAPHIC SYSTEM)1
Municipio de Jamundi – Valle del Cauca1. REALTIX S.A.S1
Municipio de Armenia – Quindío1. UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL – UAECD1
Municipio de Sabaneta – Antioquia1. Empresa de Desarrollo Urbano – EDU HABITAT1
Municipio de Neiva – Huila1. EMPRESA DE SERVICIOS DE ILUMINACIÓN PÚBLICA Y DESARROLLOS TECNOLÓGICOS DE NEIVA S.A.S E.S.P – ESIP S.A.S E.S.P1
Municipio de Valledupar – Cesar1. ALIANZA PÚBLICA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL-ALDESARROLLO1
Municipio de Sabanalarga – Atlántico1. UNIÓN TEMPORAL SMART CITY 20221
Municipio de Girardot – Cundinamarca1. EMPRESA DE DESARROLLO INTELIGENTE S.A.S SEM1
Municipio de Garzón – Huila1. SERVICIOS CATASTRALES NACIONALES ARGA S.A.S.1
Municipio de Villavicencio – Meta1. EMPRESA DE TECNOLOGIA Y SERVICIOS ALBORADA- EMPRESA INDUSTRIAL Y COMERCIAL DEL ESTADO (E.IC.E)1
Municipio de Marinilla – Antioquia1. EMPRESA DE DESARROLLO SOSTENIBLE DEL MUNICIPIO DE MARINILLA “SUMAR” NIT.901.453.183
2. GEOGRAFÍA SATELITAL GEOSAT S.A.S
2
Municipio de Soledad – Atlántico1. CATASIG SAS EICE1