Superintendencia de Notariado y Registro

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  • Tras una investigación adelantada por la Oficina de Control Disciplinario Interno de la Superintendencia, se confirmó en segunda instancia, sanción disciplinaria de destitución en el ejercicio del cargo e inhabilidad general por trece (13) años al Registrador de Instrumentos Públicos de Soledad, David de Castro Macías y por once (11) años al funcionario Gonzalo Marroquín Escobar – Profesional Especializado de la misma Oficina.

Soledad, Atlántico, 11 de octubre de 2021 – SNR –

La Superintendente de Notariado y Registro, Goethny Fernanda García Flórez, mediante fallo de segunda instancia del 6 de octubre de 2021, confirmó la sanción de destitución e inhabilidad general impuesta al Registrador de Instrumentos Públicos de Soledad, Atlántico, David de Castro Macías y al profesional especializado, Gonzalo Marroquín Escobar, quienes según la investigación adelantada por la Oficina de Control Interno Disciplinario de la Entidad, incurrieron en falta grave por el incumplimiento de deberes y falta gravísima al realizar objetivamente una descripción típica consagrada en la ley como delito sancionable a título de dolo (Art. 413 del Código Penal), en razón, con ocasión o como consecuencia de la función o cargo, o abusando del mismo, de conformidad con lo que el operador disciplinario logró esclarecer, con ocasión de las irregularidades puestas en conocimiento, en la vigencia 2018.

En el marco de la investigación, se comprobó la apertura de un folio de matrícula sin el lleno de los requisitos legales, logrando con ello que terceras personas se apropiaran de un predio perteneciente al Ministerio de Comercio Exterior contiguo al Aeropuerto Ernesto Cortissoz. En ese sentido, los investigados tenían la obligación de conocer y aplicar el procedimiento establecido en el Estatuto Registral (Ley 1579 de 2012), y abstenerse de registrar el documento, por no cumplir con los requisitos establecidos en la normatividad registral y lineamientos dictados por esta
Superintendencia.

Sin embargo, no acataron las normas de obligatorio cumplimiento y, en consecuencia, el Registrador de Instrumentos Públicos de Soledad, profirió el documento de inscripción manifiestamente contrario a la ley, como quedó demostrado a lo largo de la investigación.

Es importante recordar que mediante Auto de fecha 8 de julio de 2021, la Oficina de Control Disciplinario Interno Disciplinario de la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR), ordenó la suspensión provisional del Registrador de Soledad y del otro investigado, por el término de tres (3) meses, de acuerdo con los presupuestos establecidos en el artículo 157 de la Ley 734 de 2002, mientras dictaba fallo de primera instancia, lo cual ocurrió 9 de septiembre de 2021, decisión que fue confirmada en segunda instancia por el Despacho de la Superintendente, el pasado 6 octubre.

Por último, el día 8 de octubre, a través de las Resolución 09591 y 095912 la Superintendencia hizo efectivas las sanciones disciplinarias impuestas a los señores David de Castro Macías, identificado con cédula de ciudadanía No. 72.255.306, quien desempeñaba el cargo de Registrador Seccional
Código 0192 Grado 10 y Gonzalo Marroquín Escobar, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.158.626, quien desempeña el cargo de Profesional Especializado Código 2028 Grado 14, de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Soledad Atlántico, retirándolos definitivamente del
ejercicio registral.

OTRAS ACTUACIONES EN ESTA ORIP

De otra parte, es importante resaltar que actualmente la SNR, en el ejercicio de la función de inspección, vigilancia y control, adelantó un proceso de intervención en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Soledad – Atlántico, en el cual se encontraron hallazgos con presuntas
irregularidades cometidas en el ejercicio de la función registral, tales como, incorrecta liquidación de derechos de registro, atraso en la calificación de documentos e indebido manejo del archivo que soporta las anotaciones que se realizan en los folios de matrícula inmobiliaria.

Adicionalmente, en el desarrollo de dicha intervención, se identificó la necesidad de realizar movimientos de personal adscrito a la mencionada Oficina, para lo cual se dispuso del talento humano de la Regional Caribe y de las oficinas cercanas, evidenciando una mejora en la prestación
del servicio público registral.

“Con estas acciones le cumplimos al Atlántico, le cumplimos a la ciudadanía que pedía a gritos una intervención de fondo como la que realizamos en Soledad. No paramos en nuestro afán de fortalecer el servicio público registral en todo el país”, afirmó García Flórez al confirmar el fallo de primera instancia.

Por último, se puso a disposición de la Oficina de Control Disciplinario Interno, todas las evidencias halladas en el marco de la Inspección, Vigilancia y Control Registral, para que en el marco de sus competencias funcionales se determinen posibles conductas objeto de falta disciplinaria.

Para más información consulte el documento completo en: www.supernotariado.gov.co